Patrocinio Familiar
Los familiares de ciudadanos Canadienses o Residentes Permanentes de Canada pueden vivir, estudiar y trabajar en Canada si se convierten en residentes permanentes. Los Canadienses o los Residentes Permanentes que tengan por lo menos 18 años de edad pueden patrocinar a ciertos familiares para que vengan a Canada. También deben cumplir con una de las siguientes condiciones:
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Ser ciudadano Canadiense o
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Ser un Indio registrado en Canada bajo la Ley de Indios Canadienses
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Residente Permanente de Canada
¿Quién puede solicitar el patrocinio de un esposo(a), Concubino, o Pareja Conyugal?
Los Canadienses y/o Residentes Permanentes pueden ser patrocinadores si:
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Tienen al menos 18 años de edad
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Es un ciudadano Canadiense, una persona registrada en Canada como Indio bajo la Ley India Canadiense o es un Residente Permanente que vive en Canada:
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Los ciudadanos Canadienses que viven fuera de Canada deben demostrar que planean vivir en Canada cuando su(s) pariente(es) patrocinado(a) se convierte en Residente Permanente.
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Los Canadienses o los Residentes Permanentes no pueden patrocinar a alguien si es un Residente Permanente que vive fuera de Canada
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Es capaz de demostrar que no está recibiendo asistencia social por razones distintas de una discapacidad
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Puede proveer las necesidades básicas de cualquier persona que él/ella está patrocinando y en algunas situaciones limitadas, que cumpla con los ingresos mínimos requeridos de acuerdo al Low Income Cut Off (LICO).
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No existe un requerimiento de ingresos mínimos (LICO) para los patrocinios de esposo(a), concubino, pareja conyugal o hijo dependiente, a menos que un hijo dependiente también tenga uno o más hijos dependientes de los suyos.
Si un hijo dependiente que está siendo patrocinado tiene uno o más hijos a su cargo, el patrocinador debe incluir una evaluación financiera con su solicitud.
¿Quién no puede ser patrocinador?
Usted no puede ser un patrocinador si:
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no ha podido pagar:
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un préstamo de inmigración
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una fianza
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pagos de manutención familiar
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no han podido proveer las necesidades básicas de un familiar previamente patrocinado que recibió asistencia social
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está bajo una orden de remoción (removal order)
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está en una penitenciaría, cárcel, reformatorio o prisión
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recibe asistencia social por alguna razón que no sea una discapacidad
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está atravesando por el proceso de bancarrota
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fue patrocinado por un esposo(a), concubino o pareja conyugal y usted se convirtió en un Residente Permanente hace menos de cinco años
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patrocinó a un esposo(a), concubino o pareja conyugal anteriormente y no han pasado tres años desde que esta persona se convirtió en Residente Permanente
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ha aplicado para patrocinar a su esposo(a), concubino, pareja conyugal o hijo y una decisión sobre su aplicación no se ha tomado todavía
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fueron condenados por un delito violento o sexual, o por un delito que causó daño corporal a un pariente — o usted intentó o amenazó con cometer alguno de estos delitos
Patrocinador de Esposo(a), Concubino o Pareja Conyugal
Los Canadienses o los Residentes Permanentes pueden patrocinar a su esposo(a) concubino, o pareja conyugal si:
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tienen por lo menos 18 años de edad
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la relación es genuina (real) y no se ha celebrado sólo para obtener el estatus de Residente Permanente en Canada
Si el patrocinador está aplicando de acuerdo a la “Clase de Patrocinio de Esposo(a) o Concubino en Canada” tienen que estar cohabitando(viviendo) juntos.
Una Pareja Conyugal, en relación con un patrocinador, es un extranjero que reside fuera de Canada y que ha estado en una relación conyugal con el patrocinador durante al menos un año. Un extranjero que reside dentro de Canada no puede ser patrocinado como Pareja Conyugal.